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Estatutos Confemin

REGLAMENTO DE ADMINISTRACION Y UTILIZACION DE LA SEDE SOCIAL DE LA COFEDERACION MINERA DE CHILE

ARTÍCULO PRIMERO: AMBITO DE APLICACIÓN:

El presente reglamento regula todos los aspectos relacionados a la administración y utilización de la Sede Social de la Confederación Minera de Chile ubicada en calle príncipe de Gales # 88 Santiago Centro y prevalece sobre cualquier norma o disposición emanada de los diferentes estamentos vinculados a su directorio, por lo que su observancia es obligatoria para todos los miembros de esta Organización Sindical, los sindicatos, federaciones y trabajadores, socios afiliados a Confemin, familiares y invitados que eventualmente ocupen sus instalaciones.

ARTICULO SEGUNDO: CALIDAD DE LOS SOCIOS Y ACREDITACION OBLIGATORIA:

La calidad de sindicatos, federaciones afiliados a Confemin será, acreditada automáticamente según padrón de registro de organizaciones afiliadas, actualizadas y disponible en la secretaria de organización la que determinara la condición de miembro de la organización y su acceso a la Sede Social; sin embargo será obligatoria la acreditación o registro de pasajero correspondiente para el (socio o sindicatos afiliados) quien, se identificará con el carnet, documento requerido para el ingreso a las instalaciones de la misma.

ARTICULO TERCERO: DE LA ADMINISTRACION:

La Sede Social será administrada por el Directorio pleno de la Confederacion Minera de Chile, cuya responsabilidad se delegara al Secretario de Organización, con las funciones que establece el presente reglamento.

ARTICULO CUARTO: DE LOS USUARIOS:

Se establecen cuatro clases de usuarios de la Sede Social:

1. Los sindicatos, federaciones y socios activos de la Confederación Minera de Chile;
2. Los socios de sindicatos afiliados a la Confederación;
3. La cónyuge e hijos de sindicatos afiliados a Confemin;
4. Los invitados especiales, patrocinado por algún director nacional o sindicato afiliado.

ARTICULO QUINTO: DE LAS FUNCIONES DEL ADMINISTRADOR:

Son funciones del Administrador:
1. Observar de manera irrestricta sus atribuciones y obligaciones fijadas en los Estatutos de Confemin;
2. Rendir de su labor especifica ante el Directorio Nacional de Confemin;
3. Cumplir y hacer cumplir las disposiciones emanadas del presente reglamento y las instrucciones dispuestas por el Directorio Nacional de Confemin;
4. Presentar semestralmente (semanalmente) el correspondiente informe económico y de administración de la Sede Social al ( Directorio) Presidente y Tesorero de Confemin;
5. Exigir al sindicato, socio, familiares e invitados la presentación de su carné de identificación personal que autorice su ingreso a las instalaciones de la Sede Social.

ARTICULO SEXTO: DEL COSTO DE PERMANENCIA PARA SINDICATOS, SOCIOS, FAMILIARES Y INVITADOS:

Cada uno de los sindicatos afiliados, Socio, familiares u/o invitados cancelarán a su ingreso a la Sede Social la suma única de $3.000 diarios por persona, pago que les habilitará para pernoctar y hace uso de cualquiera de los servicios que dispone la Sede Social (entre ellos dormitorios, baños, cocina y servicios de vajilleria).

ARTICULO SEPTIMO: OBLIGACIONES DE LOS USUARIOS:

a) Presentar para el ingreso el carné de identificación individual en el caso de los socios y ex socios de confemin, su cónyuge e hijos;
b) Cumplir con las disposiciones constantes en este Reglamento, así como las que sean dictadas por el Directorio de la Confemin;
c) Contribuir con el aporte diario determinado en este reglamento;
d) Velar por el buen mantenimiento de las instalaciones y equipos;
e) Cubrir con sus propios recursos económicos los daños ocasionados a las instalaciones de la sede Social, por el socio, sus familiares o sus invitados;
f) Observar las normas establecidas por la Administración para el uso de la Sede Social;

ARTICULO OCTAVO: PROHIBICIONES:

a) Ingresar a la sede Social con bebidas alcohólicas;
b) Entregar el carné de identificación para uso de terceras personas;
c) Dañar otros bienes que integran las instalaciones y el ornato de la Sede Social;
d) Utilizar cocinas, parrillas y otros implementos fuera de los lugares destinados para ello;
e) Utilizar inadecuadamente las instalaciones y bienes de la Sede Social;
f) Sustraer bienes de la Sede Social;
g) Arrojar basura o desechos fuera de los recipientes destinados para este fin;
h) Ingresar y permanecer en la Sede Social fuera de los horarios de atención;
i) Provocar escándalos que distorsionen la imagen institucional;
j) Ingresar con mascotas a las instalaciones de la Sede Social;

ARTICULO NOVENO: SANCIONES DISCIPLINARIAS:

Los socios de la Confemin, serán sancionados por el Directorio de esta Entidad por faltas cometidas por ellos, por sus familiares e invitados de la siguiente manera:

a) Amonestación verbal por faltas leves cometidas en contra de las instalaciones, ornato, aseo o buenas costumbres;
b) Amonestación escrita por reincidencia en faltas leves;
c) Suspensión temporal de ingreso a la Sede Social, hasta un tiempo, si incurrieren en mala conducta, inobservancia al presente reglamento, previo informe del Administrador de la sede social;
d) Suspensión por un año de ingreso a la Sede Social por faltas graves cometidas en las instalaciones de la misma previo informe del Administrador;
e) Suspensión definitiva de ingreso a la sede Social por reincidencia de mal comportamiento y faltas graves.

ARTICULO DECIMO: DEL ALQUILER DEL OFICINAS, SALON DE USO MULTIPLE Y DE LAS INSTALACIONES DE LA SEDE SOCIAL:

El Salón de uso múltiple de la sede Social será utilizado para los siguientes fines:

a) Reuniones de Trabajo; y,
b) Reuniones Sociales.

ARTICULO DECIMO PRIMERO: DE LAS REUNIONES DE TRABAJO:

El Presidente de la Confederación en consideración de la petición escrita correspondiente, autorizará el alquiler del Salón de Uso Múltiple para reuniones de Trabajo previa cancelación de la suma de $ quienes además, velaran por el buen uso y cuidado de las instalaciones.

ARTICULO DECIMO SEGUNDO: DE LAS REUNIONES SOCIALES:

El Presidente de la Confederación en consideración de peticiones escrita, autorizará el alquiler de la Sala de reuniones de Uso Múltiple e instalaciones de la sede Social para reuniones sociales previa cancelación de la suma de $ quienes además, velaran por el buen uso y cuidado de las instalaciones.

Certificación: El presente Reglamento fue discutido y aprobado por el Directorio de la Confederación Minera de Chile, en directivo nacional de Noviembre de 2016.

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